Estatutos

Artículo 5º - Finalidad

La Asociación tiene como finalidad principal la de crear una Red de Asesores de Proximidad que cubra la totalidad del territorio de Aragón, de forma que haga posible el acceso de todos sus habitantes a servicios profesionales de calidad, que les faciliten el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y el disfrute de los beneficios de la Sociedad de la Información.

Artículo 6º - Objetivos

Los objetivos de la Asociación de Asesores TIC de Proximidad (APTIC) son los siguientes:

  • a) Difundir los beneficios y ventajas de la Sociedad de la Información en las empresas, las instituciones públicas y privadas y, en general, en la totalidad de la sociedad aragonesa.
  • b) Promover el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) entre los aragoneses, tanto en los hogares, como dentro de la actividad empresarial de cualquier sector.
  • c) Cooperar con los distintos actores implicados en la Sociedad de la Información para la realización de actuaciones de difusión y promoción así como de proyectos de todo tipo.
  • d) Colaborar con las Administraciones Públicas en las actividades que les sean solicitadas dentro del ámbito de actividad de la Asociación.
  • e) Promocionar la oferta de los asociados ante todas las personas y entidades que pudieran estar interesadas en sus servicios.
  • f) Potenciar la colaboración entre los miembros de la Asociación para el desarrollo de proyectos y actuaciones conjuntas.
  • g) Atender directamente o gestionando los contactos adecuados, las necesidades de información, formación, investigación y perfeccionamiento de los asociados.
  • h) Y, en general, realizar todas aquellas acciones que contribuyan a aumentar y mejorar las actividades de los asociados y a potenciar la Sociedad de la Información en el territorio aragonés.

Artículo 7º - Actividades

Para conseguir los objetivos anteriores la Asociación de Asesores TIC de Proximidad (APTIC) realizará las actividades siguientes:

  • a) Establecer una red de ámbito regional, denominada Red de Asesores de Proximidad, que se identificará por una marca e imagen corporativa común.
  • b) Implementar una intranet que sea un punto de de encuentro y sirva como herramienta de trabajo para todos los asociados.
  • c) Promover el intercambio de conocimiento y de experiencias entre los asociados y, en particular, de las relacionadas con el fomento de la Sociedad de la información como instrumento para el desarrollo regional.
  • d) Instaurar entre los asociados criterios, metodologías y procedimientos de organización homogéneos y de carácter avanzado.
  • e) Recibir, clasificar y distribuir entre los asociados información de interés relativa a la Sociedad de la Información.
  • f) Participar en convocatorias, públicas y privadas, para la financiación de proyectos y contratos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) dentro del ámbito delimitado por los fines de la Asociación.
  • g) Desarrollar proyectos y contratos relacionados con la Sociedad de la Información y las tecnologías de la información y la comunicación.
  • h) Difundir y explotar los resultados obtenidos en los proyectos y actuaciones que se hayan llevado a cabo dentro del marco de la Asociación.
  • i) Cooperar con otras asociaciones o entidades regionales, nacionales, o internacionales cuando ello contribuya a la consecución de los fines de la Asociación.
  • j) Gestionar las propuestas e iniciativas que, dentro de su ámbito de actuación, redunden en beneficio de los asociados o de la propia Asociación.
  • k) Coordinar la participación de los socios en convocatorias, proyectos y contratos que por su naturaleza o dimensión hagan aconsejable la participación conjunta de varios de ellos.
  • l) Y, en general, todas aquellas actividades que puedan facilitar la consecución de los objetivos sociales.

Artículo 9º - Derechos de los socios

Son derechos de los asociados:

  • a) Tomar parte con voz y voto en las Asambleas Generales.
  • b) Elegir y ser elegido miembro de la Junta Directiva.
  • c) Exponer a la Junta Directiva cuantas quejas, sugerencias y peticiones de información crea necesarias para la buena marcha de la Asociación.
  • d) Participar en las actividades de la Asociación.
  • e) Identificarse como miembro de la Asociación y, en el caso de los socios ordinarios en activo, usar los distintivos que le identifiquen como miembro de la Red de Asesores de Proximidad.
  • f) Ser informado acerca de la composición de la Junta Directiva, del estado de cuentas de la Asociación y del desarrollo de su actividad.
  • g) Impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos.

Artículo 10º - Deberes de los socios

Son deberes de los socios ordinarios:

  • a) Cumplir los acuerdos adoptados por la Asamblea General.
  • b) Contribuir al mantenimiento de la Asociación con la aportación de las cuotas que se fijen por la Asamblea General.
  • c) Cooperar activamente en el desarrollo de las actividades de la Asociación.
  • d) Desarrollar su actividad profesional de modo que en todo momento contribuya al prestigio y buen nombre de la Red de Asesores de Proximidad y, en particular, cumpliendo con los principios que se enumeran en el siguiente artículo.
  • e) Comunicar a la Junta Directiva los cambios de domicilio y, en su caso, el cambio o cese de su actividad empresarial.
  • f) Desempeñar diligentemente los cargos para los que fueran elegidos o sus funciones como miembro de las Comisiones Técnicas o grupos de trabajo.
  • g) Aceptar la metodología de reparto de proyectos aprobada por los órganos de gobierno de la Asociación para distribuir de forma equitativa entre los socios los proyectos y concursos a los que se tenga acceso a través de la mediación de la Red de Asesores de Proximidad.

Los socios patrocinadores harán su aportación en el modo en que hayan acordado con la Asociación y están exceptuados del pago de la cuota. La Junta Directiva puede pactar como compensación que el logo de los patrocinadores se incluya en los elementos de comunicación de la Asociación.

Artículo 25º - Patrimonio fundacional

La Asociación de Asesores TIC de Proximidad dispone como patrimonio fundacional de los siguientes bienes, que han sido aportados a título gratuito por el Instituto Tecnológico de Aragón (ITA):

  • Una logomarca e imagen corporativa para la Red de Asesores TIC de Proximidad.
  • Una herramienta colaborativa (intranet) para el trabajo conjunto de los asociados y su acceso a información y otros recursos de carácter profesional.

El derecho de uso del curso para la formación de Asesores de Proximidad, desarrollado por el Instituto Tecnológico de Aragón (ITA) y que puede ser utilizado por la Asociación para sus propios fines pero no cedido a terceros, ya que la propiedad intelectual del mismo corresponde al ITA.

Artículo 27º - Modificación y Disolución

La modificación de los Estatutos o la disolución de la Asociación deberán acordarse en una Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto y por las mayorías cualificadas que se indican en el artículo 17.

En caso de acordarse la disolución de la Asociación de Asesores TIC de Proximidad, la Junta Directiva actuara de comisión liquidadora y, una vez saldadas todas las deudas, donará el remanente a una entidad sin ánimo de lucro y radicada en Aragón, dedicada al fomento de la Sociedad de la Información.

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Gobierno de Arag�n, Departamento de Ciencia, Tecnolog�a y Universidad